DESPUÉS DE SU PRIMERA VISITA
Qué sigue — y las dos formas en que la gente pierde sus beneficios
Atenderse dentro de los 14 días es el primer obstáculo. No es el último. La mayoría de las personas que pierden sus beneficios PIP no los pierden por estar poco lesionadas ni por tratarse demasiado. Los pierden por faltar a una cita que programó la compañía de seguros.
1. Su aseguradora puede exigirle un examen — y faltar lo termina todo
La ley de Florida permite que su propia compañía de seguros lo envíe a un médico que ella elija para revisar sus lesiones. La aseguradora paga ese examen. Esa parte es rutina y no hay por qué alarmarse.
Lo que no es rutina es lo que pasa si usted no va. Según el estatuto, si se niega sin razón o no se presenta, su aseguradora deja de ser responsable de cualquier beneficio PIP posterior. No reducido. Terminado. Y si falta dos veces, la ley presume que su falta fue irrazonable y le deja a usted la carga de demostrar lo contrario.
Entonces: si le llega una carta citándolo a un examen, vaya. Si la fecha de verdad no le sirve, llame y cámbiela por escrito en lugar de simplemente no presentarse. Este es el error más común que los pacientes se hacen a sí mismos en un reclamo PIP en Florida.
2. Le pueden pedir que responda preguntas bajo juramento
Su póliza puede exigirle presentarse a un examen bajo juramento, y el estatuto hace que cumplir sea una condición para recibir beneficios. Las preguntas deben limitarse a lo que es relevante para el reclamo.
Si se lo piden, ese es un buen momento para hablar con un abogado — no porque usted haya hecho algo malo, sino porque es un procedimiento legal formal y usted tiene derecho a entenderlo antes de sentarse. Si quiere, podemos referirlo.
Su aseguradora tiene 30 días para pagar
Una vez que la aseguradora tiene aviso por escrito de la pérdida y del monto, los beneficios se consideran vencidos si no se pagan pasados 30 días — y por estatuto los pagos vencidos generan intereses. Usted no tiene que aceptar el silencio indefinido como algo normal.
Nosotros tenemos 35 días para facturar — y si fallamos, no le pueden cobrar
Esto está a su favor y casi nadie se lo dice a los pacientes. La ley de Florida exige que el proveedor envíe su factura a la aseguradora dentro de los 35 días de haberlo atendido — hasta 75 días si el proveedor avisó del inicio del tratamiento en los primeros 21. Si se pasa del plazo, el estatuto es claro sobre quién asume la pérdida: la persona lesionada no es responsable de esos cargos, el proveedor no se los puede facturar, y cualquier acuerdo que usted haya firmado diciendo lo contrario no es exigible.
Dicho de otro modo: mantener su reclamo a tiempo es nuestro trabajo, no el suyo. Si alguna clínica le entrega una factura por cargos que presentó tarde, esa factura no es válida.
Por qué $10,000 rinde más de lo que suena
La gente escucha "$10,000" y asume que se acaba en tres visitas. Florida limita lo que una aseguradora PIP debe reembolsar por la mayoría de los servicios al 200% del esquema de tarifas de médicos participantes de Medicare Parte B, y paga el 80% de eso. La atención se reembolsa contra ese techo y no a precios de lista, así que un tratamiento completo normalmente cabe dentro del beneficio y sobra.
Esta página explica cómo funciona el estatuto PIP de Florida en general. No es asesoría legal sobre su reclamo específico. Si algo de su reclamo no se ve bien, hable con nosotros o con un abogado.
¿Dudas sobre cómo va su reclamo? Llámenos — tratamos con estas aseguradoras todos los días.